LIBROS
OBLIGATORIOS
LIBROS OBLIGATORIOS
El Código de Comercio de Venezuela
establece en su artículo 32 lo siguiente: "Todo comerciante debe llevar en
idioma castellano su contabilidad, la cual emprenderá obligatoriamente el libro
diario, libro mayor y el libro de inventario. Además podrá llevar
todos los libros auxiliares que considere necesarios para obtener un mejor
control de sus operaciones".
LIBRO DE INVENTARIO:
Es un libro obligatorio que debe ser registrado y sellado
en el tribunal o registro mercantil correspondiente, antes de ponerse en
uso según el artículo 33 del Código de Comercio de
Venezuela.
CARACTERÍSTICAS DEL LIBRO DE INVENTARIO
- Generalmente es un libro de tres columnas empastado y foliado.
- En su primera pagina deberá ir la nota del tribunal, en la cual queda claramente indicado el uso que se le dará al libro el nombre de la empresa y el de su dueño, el nombre de la ciudad donde fue registrado, el numero de folios o paginas que integran el libro y deberá quedar sellado y firmado por las personas competentes. En los demás folios o páginas deberá quedar estampado el sello del tribunal.
- El encabezamiento que consiste en señalar el número del inventario. El Código de Comercio de Venezuela en su artículo 35 establece " Todo comerciante al comenzar su negocio y al final de cada ejercicio económico hará en el libro de inventario una descripción de todos sus bienes, tanto muebles como inmuebles y de todos sus créditos". De acuerdo con este articulo el inventario de una empresa estará formado de la siguiente forma:
3.a.- Una relación exacta
del dinero en caja y del que se encuentra en bancos, realizando una relación del
dinero que se tiene en los diferentes institutos bancarios.
3.b.- Una relación de
los efectos y cuentas por cobrar.
3.c.- Una relación de
los bienes muebles e inmuebles.
3.d.- Una relación de
la mercancía en existencia.
3.e.- Una relación de
los otros activos que posea.
3.f.- Una relación exacta
de sus deudas y obligaciones.
Estos inventarios deberán ser firmados por el contador y el dueño
o persona autorizada de la empresa.
LIBRO DIARIO
Es un libro obligatorio llamado también libro
de primera entrada ya que en el se registran por primera vez las operaciones
mercantiles en estricto orden cronológico.
DESCRIPCIÓN DEL LIBRO DE DIARIO
- Columna de la fecha: aquí anotaremos en primer lugar el año que se coloca una sola vez y encabeza la columna de la fecha en cada página. Luego se escribe el nombre del mes el cual no es necesario repetir sino cuando cambie. Seguidamente escribiremos el número del día que siempre deberá escribirse aunque se repita.
- Para separar un asiento de otro se utilizan números o letras
- En la columna de cuenta-descripción escribiremos el nombre de la cuenta que se carga, la cual debe escribirse muy cerca de la columna de la fecha.
- En la columna del debe ser escribir el importe del o de los débitos de la o las cuentas que se cargan
- En la columna del haber escribiremos el o los nombres de la o las cuentas que se abonan y debe escribirse más hacia la derecha de la columna de la fecha.
- En la columna del haber se escribe el importe en dinero de la o las cuentas que se abonan.
- Después de hecho el abono escribiremos en forma breve pero clara la descripción de la operación.
- En la columna de la referencia el cual es un medio de comunicación entre el libro diario y el libro mayor y aquí escribiremos el número de la pagina que corresponde a una determinada cuenta en el libro mayor.
RECOMENDACIONES PARA LA UTILIZACION DEL LIBRO DIARIO
- Debe dejarse libre la última línea de cada página o folio para totalizar las columnas del debe y del haber. En esta línea colocaremos la palabra "VAN" en la columna de explicación y en la siguiente página en la primera línea de la columna de la explicación colocaremos la palabra "VIENEN" y el total del debe y haber de la página anterior.
- En el libro diario no deben dejarse espacios en blanco. Si es notorio que una página está finalizando y no nos alcanza para realizar otro asiento debemos inutilizar dichas líneas trazando una diagonal.
- En el libro diario no debe rayarse ni tacharse. Si se formula algún asiento errado se deja así y se corrige mediante otro asiento.
- Antes de asentar o registrar cualquier operación mercantil se debe analizar bien, con la finalidad de no cometer errores. Es importante hacer notar que toda operación mercantil debe estar avalada o respaldada por un documento original.
LIBRO MAYOR
Es otro de los libros obligatorios que debe llevar toda
empresa. En el se agrupan todas las cuentas de activos, pasivos, capital,
ingresos y egresos que son utilizados en una organización para llevar
la contabilidad. El mayor variara de una empresa a otra y su forma y contenido
va a depender del sistema contable utilizado.
PASES AL MAYOR
Consiste en transferir los asientos de diario, cuenta por
cuenta al libro mayor, teniendo presente que las cuentas cargadas en el libro
diario deben aparecer cargadas en el libro mayor y en igual forma las cuentas
abonadas recordando a la vez de colocar la relación o referencia
entre ambos libros.
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